¿Te gustaría abrir una tienda o reformar tu establecimiento?
Se acaba de anunciar una nueva línea de ayudas con el objetivo de subvencionar aperturas y reformas de locales durante el año 2023.
Los objetivos de esta medida son varios: por un lado dinamizar el comercio mediante proyectos de recuperación de los locales vacíos situados en la trama urbana consolidada del municipio, o en el casco histórico y sus ensanches; por otro, se quiere conseguir una óptima combinación comercial en cada zona, hacerla más atractiva y reformar los establecimientos o paradas en mercados municipales de una cierta antigüedad; junto a estos propósitos, está el de adecuar los negocios de comercio al por menor y de servicios a la nueva normativa que marca el Real decreto ley, 14/2022 de 1 de Agosto de Medidas de ahorro y eficiencia energética, a fin de que cuenten con un sistema de cierre de puertas automático, para impedir que estas estén abiertas permanentemente y el consecuente despilfarro energético.
Estas ayudas las pueden solicitar:
Los beneficiarios son los autónomos y empresas que tengan, como mínimo, un establecimiento a pie de calle en Cataluña, en alguno de estos sectores: Comercio minorista de venta al por menor (todo tipo de establecimiento); Servicios de talleres mecánicos, fotográficos, copisterías, artes gráficas y reparaciones; Agencias de viajes detallistas, tintorerías y lavanderías, peluquerías y salones de estética y belleza; Bares, cafeterías, restaurantes y empresas de comer preparado o cátering; y, finalmente, las paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
¿Cuáles son los requisitos?
Que la inversión mínima subvencionable sea de 2.000,00 euros.
Quedan excluidas aquellas inversiones que superen los 60.000,00 euros y las concesiones administrativas correspondientes a reformas integrales de mercados municipales.
Estos son los gastos que podrán subvencionarse:
Recuperación de los locales vacíos: Gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales y de la ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.
Reforma de establecimientos: Gastos derivados de la reforma o mejora de establecimientos comerciales y servicios y de paradas de mercados municipales sedentarios y paradas de mercados no sedentarios.
Adaptación de las puertas: Gastos derivados de la adaptación de las puertas del establecimiento a la nueva normativa (Real decreto ley, 14/2022 de 1 de Agosto de Medidas de ahorro y eficiencia energética).
Paradas de mercados de venta no sedentaria: Gastos derivados de la reforma o mejora de paradas de mercados no sedentarios (donde la persona solicitante acredite la titularidad en, como mínimo, los últimos 5 años).
La cuantía de la subvención será de hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros. El procedimiento de concesión se hará por orden cronológico de las solicitudes y la fecha en la que se podrá presentar la solicitud aún no ha sido publicada.
Estas ayudas las pueden solicitar:
Los beneficiarios son los autónomos y empresas que tengan, como mínimo, un establecimiento a pie de calle en Cataluña, en alguno de estos sectores: Comercio minorista de venta al por menor (todo tipo de establecimiento); Servicios de talleres mecánicos, fotográficos, copisterías, artes gráficas y reparaciones; Agencias de viajes detallistas, tintorerías y lavanderías, peluquerías y salones de estética y belleza; Bares, cafeterías, restaurantes y empresas de comer preparado o cátering; y, finalmente, las paradas de mercados municipales sedentarios y no sedentarios.
¿Cuáles son los requisitos?
Que la inversión mínima subvencionable sea de 2.000,00 euros.
Quedan excluidas aquellas inversiones que superen los 60.000,00 euros y las concesiones administrativas correspondientes a reformas integrales de mercados municipales.
Estos son los gastos que podrán subvencionarse:
Recuperación de los locales vacíos: Gastos derivados de la compra, arrendamiento o concesión administrativa de locales y de la ampliación de la superficie de venta anexionando un nuevo local.
Reforma de establecimientos: Gastos derivados de la reforma o mejora de establecimientos comerciales y servicios y de paradas de mercados municipales sedentarios y paradas de mercados no sedentarios.
Adaptación de las puertas: Gastos derivados de la adaptación de las puertas del establecimiento a la nueva normativa (Real decreto ley, 14/2022 de 1 de Agosto de Medidas de ahorro y eficiencia energética).
Paradas de mercados de venta no sedentaria: Gastos derivados de la reforma o mejora de paradas de mercados no sedentarios (donde la persona solicitante acredite la titularidad en, como mínimo, los últimos 5 años).
La cuantía de la subvención será de hasta el 50% de los gastos subvencionables con un máximo de 5.000 euros. El procedimiento de concesión se hará por orden cronológico de las solicitudes y la fecha en la que se podrá presentar la solicitud aún no ha sido publicada.