Si trabajas en casa, podrás deducirte el IVA de los gastos de vivienda

 
Ahora empresarios/as y autónomos/as podrán deducir en el IVA los gastos de vivienda como la luz, el gas, el agua e internet, siempre y cuando se desarrolle la actividad laboral en el mismo inmueble.
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Ahora empresarios/as y autónomos/as podrán deducir en el IVA los gastos de vivienda como la luz, el gas, el agua e internet, siempre y cuando se desarrolle la actividad laboral en el mismo inmueble.
Se trata de una medida adoptada por la Dirección General de Tributos (DGT) del Ministerio de Hacienda que además permite recuperar los pagos excesivos de IVA de los últimos cuatro años debido a la incorrecta aplicación de la normativa comunitaria por parte de España, que hasta ahora era contraria a la Directiva europea del IVA, la cual permite la deducción proporcional de los gastos del inmueble utilizado para ambos fines.

La deducción podrá realizarse únicamente de manera proporcional, o lo que es lo mismo, en función del uso que se le dé al espacio para el negocio, aunque aún no se ha definido el criterio para medir la proporcionalidad de los gastos. Lo primero que se debe hacer es calcular el IVA que se podría haber deducido con el nuevo criterio y luego solicitar la rectificación de las declaraciones anteriores por haber perjudicado los intereses económicos del contribuyente.
Y, ya sabes, si necesitas asesoramiento sobre este tema o cualquier otro aspecto fiscal, no dudes en contactar con Gestoria Rivero.
 
 
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