Prórroga de los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022
Se prorrogan los ERTE hasta el 28 de febrero de 2022 con algunos cambios respecto a las anteriores prórrogas y que afectan a las empresas:
1/ Los ERTEs actuales estarán vigentes durante octubre de 2021 para que tanto empresas como trabajadores tengan el tiempo suficiente para acogerse a lo que suscita la nueva norma que prorroga los ERTE.
La solicitud de la prórroga de un nuevo ERTE a partir del 31 de octubre de 2021 puede presentarse durante el mes de octubre siguiendo el procedimiento ordinario. En caso de ausencia de resolución expresa se entenderá estimada por silencio.
2/ Nuevos ERTEs desde el 1 de noviembre de 2021 que será cuando entrarán en vigor las nuevas ayudas, así como las nuevas modalidades de ERTE que nos trae la nueva prórroga: ERTE por impedimento y tránsito a un expediente por limitaciones a la actividad normalizada o viceversa.
3/ Acciones de formación en ERTE a partir de noviembre
A partir del 1 de noviembre, estarán vigentes las nuevas modalidades, con mayores exenciones en la cotización a la Seguridad Social para las empresas que realicen acciones formativas. Estas acciones formativas deben llevarse a cabo antes del 30 de junio de 2022.
4/ La exoneración de cuotas dependerá de la formación
- Para empresas de más de 10 trabajadores con expedientes de limitación, las exoneraciones serán de un 40% en el caso de que no se imparta formación y de un 80% en el caso de que sí se lleve a cabo
- Para empresas de hasta 10 empleados las exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social serán del 50% si la empresa se niega a formar a sus trabajadores y del 80% en el caso de que si se lleven a cabo acciones formativas. En cuanto a los ERTE de impedimento (cuando el ejercimiento de la actividad profesional está prohibido por razones sanitarias),las exoneraciones para todas las empresas serán del 100%.
¿Qué duración debe tener la formación?
-Empresas de entre 10 y 49 empelados: las acciones formativas deberán ser de 30 horas de duración
-Empresas de más de 50 empleados: las acciones formativas deberán ser de 40 horas de duración
El objetivo de esta medida es que los trabajadores aprovechen su estancia en el ERTE para formarse. Estas actividades de formación se financiarán con un incremento de crédito para la financiación en el ámbito de la formación programada.
5/ Ampliación de la cláusula del mantenimiento del empleo en los ERTE que se aplica según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020, en relación con los periodos anteriores y con el que se deriva de los beneficios recogidos en la nueva prórroga.
¿Qué limitaciones se mantienen ?
- Las limitaciones a la subcontratación.
- Las limitaciones a la realización de horas extraordinarias.
- Los límites sobre reparto de dividendos y el acceso a estas ayudas por parte de empresas domiciliadas en paraísos fiscales.
- El contador a cero se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022. Este contador significa que la prestación por desempleo que se abona a los trabajadores en ERTE no consume los derechos de paro previos a los expedientes por Covid-19.
- Se mantiene también la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora durante toda la vigencia del acuerdo.
En relación a los trabajadores fijos-discontinuos, se les reconoce una prestación extraordinaria por desempleo (a partir del 1 de noviembre de 2021)
Las nuevas medidas recogidas en la norma que amplía los ERTE hasta inicios de 2022 entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2021.
La solicitud de la prórroga de un nuevo ERTE a partir del 31 de octubre de 2021 puede presentarse durante el mes de octubre siguiendo el procedimiento ordinario. En caso de ausencia de resolución expresa se entenderá estimada por silencio.
2/ Nuevos ERTEs desde el 1 de noviembre de 2021 que será cuando entrarán en vigor las nuevas ayudas, así como las nuevas modalidades de ERTE que nos trae la nueva prórroga: ERTE por impedimento y tránsito a un expediente por limitaciones a la actividad normalizada o viceversa.
3/ Acciones de formación en ERTE a partir de noviembre
A partir del 1 de noviembre, estarán vigentes las nuevas modalidades, con mayores exenciones en la cotización a la Seguridad Social para las empresas que realicen acciones formativas. Estas acciones formativas deben llevarse a cabo antes del 30 de junio de 2022.
4/ La exoneración de cuotas dependerá de la formación
- Para empresas de más de 10 trabajadores con expedientes de limitación, las exoneraciones serán de un 40% en el caso de que no se imparta formación y de un 80% en el caso de que sí se lleve a cabo
- Para empresas de hasta 10 empleados las exoneraciones de cuotas a la Seguridad Social serán del 50% si la empresa se niega a formar a sus trabajadores y del 80% en el caso de que si se lleven a cabo acciones formativas. En cuanto a los ERTE de impedimento (cuando el ejercimiento de la actividad profesional está prohibido por razones sanitarias),las exoneraciones para todas las empresas serán del 100%.
¿Qué duración debe tener la formación?
-Empresas de entre 10 y 49 empelados: las acciones formativas deberán ser de 30 horas de duración
-Empresas de más de 50 empleados: las acciones formativas deberán ser de 40 horas de duración
El objetivo de esta medida es que los trabajadores aprovechen su estancia en el ERTE para formarse. Estas actividades de formación se financiarán con un incremento de crédito para la financiación en el ámbito de la formación programada.
5/ Ampliación de la cláusula del mantenimiento del empleo en los ERTE que se aplica según lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto-ley 30/2020, en relación con los periodos anteriores y con el que se deriva de los beneficios recogidos en la nueva prórroga.
¿Qué limitaciones se mantienen ?
- Las limitaciones a la subcontratación.
- Las limitaciones a la realización de horas extraordinarias.
- Los límites sobre reparto de dividendos y el acceso a estas ayudas por parte de empresas domiciliadas en paraísos fiscales.
- El contador a cero se amplía hasta el 31 de diciembre de 2022. Este contador significa que la prestación por desempleo que se abona a los trabajadores en ERTE no consume los derechos de paro previos a los expedientes por Covid-19.
- Se mantiene también la cuantía de la prestación por desempleo en el 70% de la base reguladora durante toda la vigencia del acuerdo.
En relación a los trabajadores fijos-discontinuos, se les reconoce una prestación extraordinaria por desempleo (a partir del 1 de noviembre de 2021)
Las nuevas medidas recogidas en la norma que amplía los ERTE hasta inicios de 2022 entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2021.