Si eres autónomo/a ¡este mes de octubre viene cargado de obligaciones para ti!
Hay hasta diez obligaciones fiscales en solo un mes… Así que si no quieres entrar en pánico, confía en un buen equipo de gestores para que te lo solucionen de forma fácil y efectiva.
Octubre es un mes cargado de obligaciones fiscales para los autónomos y pequeños negocios. Además de tener que presentar hasta una decena de modelos de impuestos, próximamente, el colectivo también se encontrará con otras fechas clave como el final del plazo para solicitar su inclusión en el sistema de Cuenta Corriente Tributaria o para pedir un aplazamiento del segundo pago de la declaración de la RENTA.
En sólo treinta días el colectivo puede tener hasta una decena de modelos que cumplimentar como la liquidación del tercer trimestre de IVA, la declaración de los rendimientos obtenidos por sus viviendas turísticas, si las tienen; o el IRPF fraccionado, si optan por el pago mensual de este impuesto, entre otros. En octubre también finaliza el plazo para adherirse al sistema de Cuenta Corriente Tributaria que permitiría a los autónomos beneficiarse para el año que viene de algunas ventajas a nivel fiscal como la posibilidad de compensar el dinero de los impuestos que deben a Hacienda con las devoluciones que les tiene que pagar la Administración.
Y sin olvidar que a principios de noviembre se cobrará el segundo plazo de la RENTA para los contribuyentes que decidieron fraccionar el resultado de su declaración, por lo que los autónomos que quieran volver a aplazar este pago deberían solicitarlo, como tarde, a finales de octubre a la Agencia Tributaria.
Calendario con los principales modelos y pagos que deberán hacer los trabajadores por cuenta propia el próximo mes de octubre, además de otras fechas clave:
Hasta el 2 de octubre
El próximo 2 de octubre será la fecha límite para que los autónomos con negocios en el extranjero soliciten la devolución del IVA de los gastos que soportaron fuera de España. Esto se debe hacer a través de los modelos 360 y 361, de solicitud de devolución del IVA soportado correspondientes al ejercicio 2022.
Además, los autónomos que hayan optado por el sistema de pago mensual del IVA deberán presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA referente a agosto de 2023.
Hasta el 20 de octubre
La principal obligación tributaria que tendrán los autónomos este mes es la presentación de la autoliquidación del IVA del tercer trimestre. El día 20 termina el plazo para pagar a través del 303 el IVA referente a julio, agosto y septiembre.
También es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 (el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios) y 115 (es con el que declararán a Hacienda las retenciones del IRPF que hayan practicado sobre el alquiler que pagan por su local) correspondientes a septiembre de 2023.
Además terminará el plazo para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos). Por otro lado, los autónomos que trabajan en el extranjero deberán presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente a septiembre de 2023 y al tercer trimestre de 2023.
Otro de los modelos que podrían estar obligados a presentar los autónomos es el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables: el día 20 es la fecha límite para hacer la declaración mensual de este modelo 592, correspondiente a septiembre de 2023 y la declaración trimestral correspondiente al tercer trimestre del año.
Hasta el 30 de octubre
Antes de esta fecha los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación mensual de IVA referente a septiembre de 2023, si optaron por el sistema de pago mes a mes de este impuesto.
Hasta el 31 de octubre
Este día termina el plazo para que los autónomos que tienen viviendas turísticas presenten el modelo 179, de declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos correspondiente al tercer trimestre de 2023.
Además, el 31 también es el último para solicitar la inclusión o la renuncia para el año 2024 el sistema CCT (Cuenta Corriente Tributaria). Este mecanismo permite a los autónomos compensar las deudas que tienen con Hacienda -como por ejemplo por una autoliquidación trimestral de IVA que no han abonado- con el dinero que les debe la Agencia Tributaria.
Los autónomos que quieran aplazar el segundo pago de la RENTA también se debe solicitar en octubre
El pasado mes de julio miles de contribuyentes dividieron el resultado de su liquidación de IRPF: una parte la pagaron en junio y la segunda se cargará a principios de noviembre. A pesar de ser un aplazamiento, este próximo pago también se puede aplazar y lo recomendable es solicitarlo en octubre.
Por ejemplo, un autónomo que obtuviera este año un resultado a pagar de 1.000 euros de impuestos en la autoliquidación de la Renta, y haya fraccionado la deuda, pudo seleccionar la domiciliación bancaria como forma de pago. En este caso, haría el pago en dos plazos. El 30 de junio de 2023 se cargó en su cuenta el 60% del importe, es decir, 600 euros. Pasados cuatro meses, concretamente el 6 de noviembre de 2023, se cargará el 40% restante, un total de 400 euros. Si este autónomo no dispusiera ahora mismo de liquidez para hacer frente en dos semanas a esos 400 euros, podría aplazar el 40% que le queda por pagar de RENTA, pero si optó por la domiciliación, no debería ajustar mucho su solicitud de aplazamiento, para que llegue esa petición antes que el fichero de la domiciliación al banco. A poder ser, la solicitud debería hacerse en octubre, dado que si autónomo esperara hasta el día 4 o 5 de noviembre para hacer el aplazamientos, es probable que la solicitud no llegara a tiempo y luego tendría que anular la domiciliación con el banco cuando ya se le haya cargado el importe en la cuenta.
En sólo treinta días el colectivo puede tener hasta una decena de modelos que cumplimentar como la liquidación del tercer trimestre de IVA, la declaración de los rendimientos obtenidos por sus viviendas turísticas, si las tienen; o el IRPF fraccionado, si optan por el pago mensual de este impuesto, entre otros. En octubre también finaliza el plazo para adherirse al sistema de Cuenta Corriente Tributaria que permitiría a los autónomos beneficiarse para el año que viene de algunas ventajas a nivel fiscal como la posibilidad de compensar el dinero de los impuestos que deben a Hacienda con las devoluciones que les tiene que pagar la Administración.
Y sin olvidar que a principios de noviembre se cobrará el segundo plazo de la RENTA para los contribuyentes que decidieron fraccionar el resultado de su declaración, por lo que los autónomos que quieran volver a aplazar este pago deberían solicitarlo, como tarde, a finales de octubre a la Agencia Tributaria.
Calendario con los principales modelos y pagos que deberán hacer los trabajadores por cuenta propia el próximo mes de octubre, además de otras fechas clave:
Hasta el 2 de octubre
El próximo 2 de octubre será la fecha límite para que los autónomos con negocios en el extranjero soliciten la devolución del IVA de los gastos que soportaron fuera de España. Esto se debe hacer a través de los modelos 360 y 361, de solicitud de devolución del IVA soportado correspondientes al ejercicio 2022.
Además, los autónomos que hayan optado por el sistema de pago mensual del IVA deberán presentar el modelo 303 de autoliquidación de IVA referente a agosto de 2023.
Hasta el 20 de octubre
La principal obligación tributaria que tendrán los autónomos este mes es la presentación de la autoliquidación del IVA del tercer trimestre. El día 20 termina el plazo para pagar a través del 303 el IVA referente a julio, agosto y septiembre.
También es la fecha límite que tienen los autónomos y pymes para presentar los modelos 111 (el que utilizan para declarar e ingresar las retenciones de IRPF que hayan practicado a trabajadores, profesionales o empresarios) y 115 (es con el que declararán a Hacienda las retenciones del IRPF que hayan practicado sobre el alquiler que pagan por su local) correspondientes a septiembre de 2023.
Además terminará el plazo para efectuar los pagos fraccionados de Renta a través del modelo 130 (estimación directa) y 131 (módulos). Por otro lado, los autónomos que trabajan en el extranjero deberán presentar el modelo 349 de declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias referente a septiembre de 2023 y al tercer trimestre de 2023.
Otro de los modelos que podrían estar obligados a presentar los autónomos es el Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables: el día 20 es la fecha límite para hacer la declaración mensual de este modelo 592, correspondiente a septiembre de 2023 y la declaración trimestral correspondiente al tercer trimestre del año.
Hasta el 30 de octubre
Antes de esta fecha los autónomos deberán presentar el modelo de autoliquidación mensual de IVA referente a septiembre de 2023, si optaron por el sistema de pago mes a mes de este impuesto.
Hasta el 31 de octubre
Este día termina el plazo para que los autónomos que tienen viviendas turísticas presenten el modelo 179, de declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos correspondiente al tercer trimestre de 2023.
Además, el 31 también es el último para solicitar la inclusión o la renuncia para el año 2024 el sistema CCT (Cuenta Corriente Tributaria). Este mecanismo permite a los autónomos compensar las deudas que tienen con Hacienda -como por ejemplo por una autoliquidación trimestral de IVA que no han abonado- con el dinero que les debe la Agencia Tributaria.
Los autónomos que quieran aplazar el segundo pago de la RENTA también se debe solicitar en octubre
El pasado mes de julio miles de contribuyentes dividieron el resultado de su liquidación de IRPF: una parte la pagaron en junio y la segunda se cargará a principios de noviembre. A pesar de ser un aplazamiento, este próximo pago también se puede aplazar y lo recomendable es solicitarlo en octubre.
Por ejemplo, un autónomo que obtuviera este año un resultado a pagar de 1.000 euros de impuestos en la autoliquidación de la Renta, y haya fraccionado la deuda, pudo seleccionar la domiciliación bancaria como forma de pago. En este caso, haría el pago en dos plazos. El 30 de junio de 2023 se cargó en su cuenta el 60% del importe, es decir, 600 euros. Pasados cuatro meses, concretamente el 6 de noviembre de 2023, se cargará el 40% restante, un total de 400 euros. Si este autónomo no dispusiera ahora mismo de liquidez para hacer frente en dos semanas a esos 400 euros, podría aplazar el 40% que le queda por pagar de RENTA, pero si optó por la domiciliación, no debería ajustar mucho su solicitud de aplazamiento, para que llegue esa petición antes que el fichero de la domiciliación al banco. A poder ser, la solicitud debería hacerse en octubre, dado que si autónomo esperara hasta el día 4 o 5 de noviembre para hacer el aplazamientos, es probable que la solicitud no llegara a tiempo y luego tendría que anular la domiciliación con el banco cuando ya se le haya cargado el importe en la cuenta.