Novedades E-Commerce
Si tienes un comercio electrónico o estás en vías de ponerlo en marcha, has de conocer las nuevas medidas fiscales
La novedad se llama modelo 369. Un modelo que es un impuesto que ha entrado en vigor el pasado 1 de julio 2021 y que a partir de ahora los e-commerce deberán presentar. Mediante este modelo se ingresa el IVA de los países de la UE en los que se venden productos o se prestan servicios a clientes particulares a través de un negocio electrónico.
Así pues, si tu tienes un negocio de este tipo, tendrás que indicar el IVA del país de donde sea tu cliente, liquidarlo en el modelo 369 y posteriormente Hacienda repartirá estos IVAs en cada país correspondiente.
Si estás dado/a de alta en el Régimen de la Unión o en el Régimen Exterior de la Unión, deberás presentar el modelo 369 trimestralmente (de forma electrónica a través de la web de Hacienda),si lo estás en el Régimen de Importación, se debe hacer mensualmente.
Darse de alta en la Ventanilla Única
Además, si vendes a particulares de la Unión Europea a través de canales en línea y el volumen de estas ventas representa una facturación superior a los 10.000€ al año, estás obligado/a a darte de alta en la OSS (One-Stop-Shop) o Ventanilla Única a través del modelo 035. Sin olvidar que tienes que facturar con el IVA del país de tu cliente y liquidarlo trimestralmente en el modelo 369.
Importante: mientras no superes el importe indicado seguirás actuando como hasta el momento, aplicando el IVA español (si el negocio está dado de alta en España),aparecerá en la casilla del modelo 303 como operación interior y liquidarás en IVA en nuestro país.
A fin de llevar a cabo estas nuevas reglamentaciones fiscales correctamente y sin correr riesgos, lo más recomendable es ponerlas en manos de tus gestores de confianza.
Así pues, si tu tienes un negocio de este tipo, tendrás que indicar el IVA del país de donde sea tu cliente, liquidarlo en el modelo 369 y posteriormente Hacienda repartirá estos IVAs en cada país correspondiente.
Si estás dado/a de alta en el Régimen de la Unión o en el Régimen Exterior de la Unión, deberás presentar el modelo 369 trimestralmente (de forma electrónica a través de la web de Hacienda),si lo estás en el Régimen de Importación, se debe hacer mensualmente.
Darse de alta en la Ventanilla Única
Además, si vendes a particulares de la Unión Europea a través de canales en línea y el volumen de estas ventas representa una facturación superior a los 10.000€ al año, estás obligado/a a darte de alta en la OSS (One-Stop-Shop) o Ventanilla Única a través del modelo 035. Sin olvidar que tienes que facturar con el IVA del país de tu cliente y liquidarlo trimestralmente en el modelo 369.
Importante: mientras no superes el importe indicado seguirás actuando como hasta el momento, aplicando el IVA español (si el negocio está dado de alta en España),aparecerá en la casilla del modelo 303 como operación interior y liquidarás en IVA en nuestro país.
A fin de llevar a cabo estas nuevas reglamentaciones fiscales correctamente y sin correr riesgos, lo más recomendable es ponerlas en manos de tus gestores de confianza.