Inteligencia artificial en el ámbito laboral ¿Estás preparado/a?
El pasado 12 de julio la Unión Europea publicó el reglamento que regula la inteligencia artificial que contempla sus posibles riesgos con el fin de mejorar el funcionamiento del mercado interior y promover la adopción y difusión de la IA fiable.
El objetivo es garantizar la protección de la salud, la seguridad, el Estado de Derecho, la democracia y la protección del medio ambiente, así como hacer frente a los efectos perjudiciales de los sistemas de IA.
Dicho Reglamento se aplicará en todos los Estados miembros a partir del 2 de agosto de 2026, aunque algunos de sus capítulos entrarán ya en vigor el próximo año y otros en el 2027.
¿Qué influencia tiene en el ámbito laboral?
El Reglamento tiene por objeto reforzar la eficacia de los derechos y vías de recursos vigentes mediante el establecimiento de requisitos y obligaciones específicos, sin olvidar aspectos la transparencia, la documentación técnica y la conservación de registros de los sistemas de IA.
El Reglamento apunta remarca que los sistemas de IA podrían dar lugar a un trato perjudicial o desfavorable de determinadas personas físicas o colectivos enteros, por lo que deberá prohibirse la introducción en el mercado, la puesta en servicio y el uso de sistemas de IA destinados a ser utilizados para detectar el estado emocional de las personas en situaciones relacionadas con el lugar de trabajo y el ámbito educativo. Todo ello exceptuando los casos de aplicación de dichos sistemas con fines médicos o de seguridad, como los sistemas destinados a un uso terapéutico.
Por otro lado, los sistemas de IA en el ámbito laboral pueden perpetuar patrones históricos de discriminación: contra las mujeres, determinados grupos de edad, personas con discapacidad, con orígenes raciales o étnicos concretos o con una orientación sexual determinada, durante todo el proceso de contratación y en la evaluación, promoción o retención de personas en las relaciones contractuales de índole laboral. Los sistemas de IA empleados para controlar el rendimiento y el comportamiento de estas personas también pueden socavar sus derechos fundamentales a la protección de los datos personales y a la intimidad.
¿Cuáles son los sistemas de IA de alto riesgo?
- Sistemas de IA utilizados para la contratación o la selección de personas físicas. Sobre todo a la hora de publicar anuncios de empleo específicos, analizar y filtrar las solicitudes de empleo y evaluar a los candidatos.
- Aquellos sistemas de IA que se usen para tomar decisiones que afecten a las condiciones de las relaciones de índole laboral o a la promoción o rescisión de relaciones contractuales, así como para la asignación de tareas a partir de comportamientos individuales o características personales o para supervisar y evaluar el rendimiento y el comportamiento de las personas.
- Estarán absolutamente prohibidos los sistemas de Inteligencia Artificial utilizados para detectar el estado emocional de las personas en situaciones relacionadas con el lugar de trabajo y el ámbito educativo.
Dicho Reglamento se aplicará en todos los Estados miembros a partir del 2 de agosto de 2026, aunque algunos de sus capítulos entrarán ya en vigor el próximo año y otros en el 2027.
¿Qué influencia tiene en el ámbito laboral?
El Reglamento tiene por objeto reforzar la eficacia de los derechos y vías de recursos vigentes mediante el establecimiento de requisitos y obligaciones específicos, sin olvidar aspectos la transparencia, la documentación técnica y la conservación de registros de los sistemas de IA.
El Reglamento apunta remarca que los sistemas de IA podrían dar lugar a un trato perjudicial o desfavorable de determinadas personas físicas o colectivos enteros, por lo que deberá prohibirse la introducción en el mercado, la puesta en servicio y el uso de sistemas de IA destinados a ser utilizados para detectar el estado emocional de las personas en situaciones relacionadas con el lugar de trabajo y el ámbito educativo. Todo ello exceptuando los casos de aplicación de dichos sistemas con fines médicos o de seguridad, como los sistemas destinados a un uso terapéutico.
Por otro lado, los sistemas de IA en el ámbito laboral pueden perpetuar patrones históricos de discriminación: contra las mujeres, determinados grupos de edad, personas con discapacidad, con orígenes raciales o étnicos concretos o con una orientación sexual determinada, durante todo el proceso de contratación y en la evaluación, promoción o retención de personas en las relaciones contractuales de índole laboral. Los sistemas de IA empleados para controlar el rendimiento y el comportamiento de estas personas también pueden socavar sus derechos fundamentales a la protección de los datos personales y a la intimidad.
¿Cuáles son los sistemas de IA de alto riesgo?
- Sistemas de IA utilizados para la contratación o la selección de personas físicas. Sobre todo a la hora de publicar anuncios de empleo específicos, analizar y filtrar las solicitudes de empleo y evaluar a los candidatos.
- Aquellos sistemas de IA que se usen para tomar decisiones que afecten a las condiciones de las relaciones de índole laboral o a la promoción o rescisión de relaciones contractuales, así como para la asignación de tareas a partir de comportamientos individuales o características personales o para supervisar y evaluar el rendimiento y el comportamiento de las personas.
- Estarán absolutamente prohibidos los sistemas de Inteligencia Artificial utilizados para detectar el estado emocional de las personas en situaciones relacionadas con el lugar de trabajo y el ámbito educativo.