Disparo de salida a la campaña de la renta y patrimonio de 2023

 
La campaña iniciada el 3 de abril, finalizará el 1de julio. Está obligada a hacerla cualquier persona que haya ganado más de 22.000 euros al año y en caso de haber tenido más de un pagador a lo largo del año, el límite es de 15.000 euros.
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La campaña iniciada el 3 de abril, finalizará el 1de julio. Está obligada a hacerla cualquier persona que haya ganado más de 22.000 euros al año y en caso de haber tenido más de un pagador a lo largo del año, el límite es de 15.000 euros.
Novedades si eres autónomo/a:

- Estás obligado/a a hacer la Declaración de la Renta independientemente de sus ingresos.
- Si tributas por estimación directa simplificada puedes sumar 2.000 € al año de deducción por gastos de difícil justificación y se aplicará el 7%.
- Puedes deducir hasta 4.250 € de los planes de pensiones.
 
Otras novedades destacables de esta campaña:

- El Gobierno obliga a presentar la declaración de la renta a través de internet, siempre y cuando la Administración asegure la atención personalizada a los contribuyentes que precisen de asistencia para su cumplimentación por tales medios.
- El tramo autonómico del IRPF será deflactado para los residentes de Madrid, Navarra, Aragón y País Vasco.
- Se ha elevado el mínimo exento de retención a cuenta del IRPF a 15.875€ anuales, coincidiendo con la cantidad en la que se sitúa el salario mínimo interprofesional (SMI).
- Este mínimo exento puede ser superior según las circunstancias familiares del contribuyente, alcanzando los 19.262€ para trabajadores con dos hijos o más y un cónyuge con ingresos por debajo de 1.500€ al año.
- Los planes de pensiones de empresa permiten desgravar hasta 8.500€ -aportación máxima permitida- y los contribuyentes pueden aportar y desgravarse un máximo de 1.500€ en planes de pensiones individuales o el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas, optando por el importe menor de ambos.
- En los trabajos y servicios prestados a empresas en el extranjero (dentro de la UE) hay una deducción límite de 60.100€ en la declaración de la Renta 2024. 

Nuevas deducciones:

- Si has comprado un coche eléctrico o una infraestructura de recarga eléctrica (después del 30 de junio 2023),puedes beneficiarte de una deducción del 15%.
- Si compras acciones o participaciones de una empresa de reciente creación, se te aplica una deducción del 50% (con un límite de 10.000 € anuales).
- Las deducciones dirigidas a las madres autónomas son de 1.200€ sobre la renta, que se pueden ampliar a 1.000€ por gastos de guardería.
- Las donaciones a ONG y entidades religiosas tienen una deducción de hasta el 80%.
- Las deducciones por arrendamientos de inmuebles son las siguientes:
>La reducción general del 50%, que antes era del 60%, se aplica de manera general en 2024.
>Se mantiene la reducción del 60% para aquellos casos en los que se haya realizado alguna obra de rehabilitación en los dos años anteriores a poner en alquiler el inmueble.
>En mercados tensionados, se establece una reducción del 70% para los alquileres destinados a jóvenes de entre 18 y 35 años.
>Reducción del 90% en los arrendamientos de mercados tensionados, aplicable a contratos que presenten una rebaja del 5% respecto al contrato anterior en zonas donde el mercado esté bajo presión. 

En Gestoria Rivero podemos ayudarte a realizar tu Declaración de la Renta. No dudes en contactar con nuestro equipo experto.
 
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