Calendario fiscal 2023 para autónomos, empresas y personas físicas
El calendario fiscal 2023 es imprescindible para la planificación anual de la empresa.
Es el conjunto de fechas fiscales establecidas durante un ejercicio fiscal y agrupadas cronológicamente, dónde se especifican todas las obligaciones tributarias y fiscales que tienen los autónomos, empresas, Pymes y personas físicas en España.
Durante el calendario fiscal 2023 se deben presentar varios impuestos como el Impuesto del Valor Añadido (IVA) para empresas y autónomos, el Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF),el Impuesto de Sociedades, para empresas y además, también deberán presentarse los Modelos informativos a Hacienda.
Presentación del IVA: El IVA se corresponde con el Modelo 303 y lo deben presentar las empresas y autónomos que tengan la obligación de hacerlo en cada trimestre del ejercicio fiscal.
Presentación del IRPF: Este impuesto solo pueden presentarlo las personas físicas y se corresponde con el Modelo 130.
Presentación del Impuesto de Sociedades: Este impuesto deben presentarlo todas las personas jurídicas, estén o no en activo a través del Modelo 200. En él, se deben declarar los ingresos y gastos deducibles que se han tenido durante el ejercicio fiscal anterior.
Presentación de retenciones:
Se lleva cabo a través de los modelos:
Modelo 115: Si la empresa tiene un local de alquiler.
Modelo 111: Si la empresa tiene trabajadores a su cargo o contrata a algún profesional para desarrollar una actividad económica concreta.
Presentación de operaciones con terceras personas: Este impuesto deben presentarlo únicamente los autónomos y Pymes que realicen operaciones con terceros en España y que, además, superen los 3.005,06 € en su volumen.
Si un autónomo o Pyme cumple con estos dos requisitos, deberá presentar el Modelo 347 telemáticamente.
Presentación de operaciones intracomunitarias:
Se lleva cabo a través de los modelos:
Modelo 349: Para notificar cuando se hagan operaciones intracomunitarias.
Modelo 309: Para aquellos autónomos y empresas que no tengan la obligación de hacer la autoliquidación del IVA.
El Calendario fiscal 2023 se divide en cuatro trimestres:
No se debe confundir el trimestre fiscal con el plazo de su presentación. Una vez pasados los tres meses, se dispone de un margen de tiempo para hacer la entrega. Estos plazos son:
Puntualmente, desde Gestoria Rivero te informaremos de las obligaciones fiscales y tributarias.
Durante el calendario fiscal 2023 se deben presentar varios impuestos como el Impuesto del Valor Añadido (IVA) para empresas y autónomos, el Impuesto de Renta de las Personas Físicas (IRPF),el Impuesto de Sociedades, para empresas y además, también deberán presentarse los Modelos informativos a Hacienda.
Presentación del IVA: El IVA se corresponde con el Modelo 303 y lo deben presentar las empresas y autónomos que tengan la obligación de hacerlo en cada trimestre del ejercicio fiscal.
Presentación del IRPF: Este impuesto solo pueden presentarlo las personas físicas y se corresponde con el Modelo 130.
Presentación del Impuesto de Sociedades: Este impuesto deben presentarlo todas las personas jurídicas, estén o no en activo a través del Modelo 200. En él, se deben declarar los ingresos y gastos deducibles que se han tenido durante el ejercicio fiscal anterior.
Presentación de retenciones:
Se lleva cabo a través de los modelos:
Modelo 115: Si la empresa tiene un local de alquiler.
Modelo 111: Si la empresa tiene trabajadores a su cargo o contrata a algún profesional para desarrollar una actividad económica concreta.
Presentación de operaciones con terceras personas: Este impuesto deben presentarlo únicamente los autónomos y Pymes que realicen operaciones con terceros en España y que, además, superen los 3.005,06 € en su volumen.
Si un autónomo o Pyme cumple con estos dos requisitos, deberá presentar el Modelo 347 telemáticamente.
Presentación de operaciones intracomunitarias:
Se lleva cabo a través de los modelos:
Modelo 349: Para notificar cuando se hagan operaciones intracomunitarias.
Modelo 309: Para aquellos autónomos y empresas que no tengan la obligación de hacer la autoliquidación del IVA.
El Calendario fiscal 2023 se divide en cuatro trimestres:
- Primer trimestre: Del 1 de enero al 31 de marzo de 2023.
- Segundo trimestre: Del 1 de abril al 30 de junio de 2023.
- Tercer trimestre: Del 1 de julio al 30 de septiembre de 2023.
- Cuarto trimestre: Del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2023.
No se debe confundir el trimestre fiscal con el plazo de su presentación. Una vez pasados los tres meses, se dispone de un margen de tiempo para hacer la entrega. Estos plazos son:
- Primer trimestre: Del 1 de abril al 20 de abril de 2023.
- Segundo trimestre: Del 1 de julio al 20 de julio de 2023.
- Tercer trimestre: Del 1 de octubre al 20 de octubre de 2023.
- Cuarto trimestre: Del 1 de enero al 31 de enero de 2023.
Puntualmente, desde Gestoria Rivero te informaremos de las obligaciones fiscales y tributarias.